- En los ciclos formativos de grado medio o de grado superior el alumnado podrá matricularse para cursar un mismo estudio hasta en tres ocasiones.
- En cada curso académico, el alumnado será calificado en dos convocatorias: una ordinaria y otra extraordinaria, y dispondrá, durante todo el tiempo que dure su formación en un ciclo formativo, de un máximo de cuatro convocatorias para la superación de cada módulo profesional..
- La FCT dispone de dos convocatorias.
Con carácter excepcional, el alumnado que no supere algún módulo tras haber agotado el número máximo establecido de cuatro convocatorias, podrá solicitar una convocatoria extraordinaria por motivos de enfermedad, discapacidad u otros que condicionen o impidan el desarrollo ordinario de los estudios. Estas circunstancias se han de acreditar documentalmente.
La FCT sólo tiene dos convocatorias.
- Plazo: mínimo dos meses de la convocatoria ordinaria o extraordinaria. Consulta el calendario aquí. Los alumnos de 2ºcurso tienen fechas diferentes.
- Solicitud: Formulario
- Documentación: toda la que sirva para justificar el motivo de la renuncia: informes médicos, etc.
Es necesario justificar el motivo de RENUNCIA con documentos como nómina-contrato-informe medico-etc. que justifiquen la no asistencia al centro.
Se puede renunciar a la convocatoria ordinaria o extraordinaria en una sola solicitud. Si se renuncia sólo a la ordinaria, se ha de presentar a la extraordinaria.
- Plazos: 1 mes antes de la evaluación. Consulta el calendario aquí. Los alumnos de 2ºcurso tienen fechas diferentes.
- Solicitud: Formulario Anexo V.
- Documentación: toda la que sirva para justificar el motivo de la renuncia.
- Anular totalmente la matrícula para estudios presenciales o semipresenciales
- Anulación parcial de módulos sueltos, sólo permitido para alumnos semipresenciales.
- Plazo: dos meses antes de la convocatoria ordinaria. Consulta el calendario aquí. Los alumnos de 2ºcurso tienen fechas diferentes.
- Solicitud: Anexo VIIa.
- Los centros podrán expedir la certificación de Prevenció de Riesgos Laborales según ORDEN 1/2014, de 8 de agosto, de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la certificación de la formación en prevención de riesgos laborales y de su nivel básico para el alumnado que curse ciclos de Formación Profesional Básica, ciclos formativos de grado medio o de grado superior.
- Solicitud: Formulario.